Estados Unidos activó en República Dominicana un programa piloto que autoriza a sus oficiales consulares a exigir una fianza —con un piso mínimo de US$1,000 fijado por la regulación federal 8 CFR 213.1— a determinados solicitantes de visa de inmigrante que hayan sido declarados inadmisibles por razones económicas, según informó la Embajada de Estados Unidos en Santo Domingo.
La selección de RD no es casual: la Sección Consular de la Embajada estadounidense en Santo Domingo ocupa el segundo lugar mundial en volumen de visas de inmigrante procesadas, lo que convierte al país en un escenario relevante para probar el mecanismo antes de una posible extensión. Para los miles de dominicanos que tramitan cada año una visa de residencia, el piloto introduce un nuevo elemento de evaluación financiera que puede determinar si una solicitud previamente rechazada puede reactivarse mediante una garantía económica.
Cómo funciona el mecanismo
El procedimiento no es de aplicación general ni implica un cobro automático para todos los que buscan emigrar. Solo aplica a casos seleccionados en los que el oficial consular haya determinado que el solicitante es inelegible bajo la causal de carga pública, es decir, que existe riesgo de que dependa de ayudas económicas del Gobierno de Estados Unidos tras su ingreso.
El solicitante no debe iniciar el trámite por cuenta propia: es el oficial consular quien notifica si la fianza es requerida. Una vez notificado, la garantía puede ser gestionada ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) por el propio solicitante, su peticionario o un patrocinador. El propósito es demostrar que el inmigrante cuenta con el respaldo financiero suficiente para no depender de determinadas asistencias públicas luego de ingresar al país.
El monto depende de cada expediente
El valor de la fianza lo fija el oficial consular según las circunstancias particulares del caso. Para determinar el monto, las autoridades podrán revisar registros financieros, comerciales, médicos y judiciales del solicitante. El marco normativo establece que la cifra no puede ser inferior a US$1,000, pero el monto final puede ser mayor en función de la evaluación integral.
Si USCIS aprueba la garantía presentada, el oficial consular podrá emitir la visa de inmigrante que había sido rechazada por carga pública, siempre que la persona cumpla con el resto de los requisitos migratorios. La aprobación de la fianza, por sí sola, no garantiza la entrega de la visa, según precisó el Departamento de Estado.
Condiciones para cancelar la fianza y recuperar el dinero
La fianza podrá cancelarse formalmente una vez que el inmigrante cumpla cinco años desde su admisión en Estados Unidos, sujeto a verificación de las autoridades. Durante ese período se comprobará que la persona no recibió la asistencia económica ni dependió de cuidados médicos de largo plazo financiados por el Gobierno contemplados en las condiciones de la garantía.
Si se cumplen esas condiciones, quien haya presentado la fianza podrá solicitar la devolución del dinero. Lo que se cancela al concluir el plazo es la fianza, no la visa de residencia, aclaró la Embajada.
La medida no alcanza a las visas temporales, incluyendo las categorías de turismo o negocios, ni modifica ni cancela ninguna visa actualmente vigente. La Embajada advirtió a los solicitantes que eviten realizar pagos o entregar información a terceros sin haber recibido instrucciones directas de las autoridades consulares, una señal de alerta ante posibles fraudes que suelen surgir alrededor de cambios en los procedimientos migratorios.
El siguiente paso a observar es la extensión del piloto a otras secciones consulares: si el mecanismo opera con fluidez en Santo Domingo —uno de los consulados más activos del mundo en volumen de visas de inmigrante—, Washington contará con evidencia para replicarlo en otros destinos de alta emigración hacia Estados Unidos.








