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Administración Tributaria en México Podrá Acceder a Información de Plataformas Digitales en Tiempo Real

El nuevo artículo 30-B del Código Fiscal permitirá al SAT consultar transacciones digitales, sin acceder a la vida privada.

Lucy Reynoso por Lucy Reynoso
17 de octubre de 2025 10:11 AM
en Destacada, Internacionales
Reading Time: 3 mins read
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Créditos: Cuartoscuro

Créditos: Cuartoscuro

Ciudad de México. – La Cámara de Diputados de México aprobó el 15 de octubre una reforma al Código Fiscal de la Federación que otorga al Servicio de Administración Tributaria (SAT) nuevas facultades para acceder en línea y en tiempo real a la información de plataformas digitales, como Mercado Libre, Uber, Netflix o aplicaciones de enseñanza.

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El nuevo artículo 30-B, que entrará en vigor el 1 de abril de 2026, forma parte del paquete fiscal 2026 y busca reforzar la recaudación y combatir la evasión tributaria en el comercio digital.

Qué podrá consultar el SAT

El texto aprobado autoriza al SAT a revisar ingresos, egresos y transacciones comerciales registradas en las plataformas, con el fin de verificar el cumplimiento fiscal de los contribuyentes digitales.

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Sin embargo, queda prohibido el acceso a datos personales o sensibles, como mensajes, historial de navegación, ubicación o preferencias de consumo. También se excluye toda información sin relevancia fiscal.

El presidente de la Comisión de Hacienda, el morenista Carol Antonio Altamirano, aseguró que la reforma “limita el acceso a información estrictamente fiscal, respetando la privacidad y protección de datos personales”.

Críticas de la oposición y organizaciones civiles

A pesar de las aclaraciones oficiales, opositores y organizaciones como Artículo 19 advirtieron que el artículo 30-B podría convertirse en una herramienta de vigilancia masiva si no se establecen mecanismos claros de control.

La diputada Verónica Pérez (PAN) afirmó que “el gobierno ahora quiere espiar plataformas digitales, incluso de citas, y no es una exageración”. Por su parte, la priista Verónica Martínez denunció que “esta disposición es inconstitucional, pues el artículo 16 de la Carta Magna exige orden judicial para acceder a información privada”.

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Otros legisladores señalaron que la medida “instala un gran hermano fiscal”, otorgando al SAT poder para observar en tiempo real operaciones de millones de usuarios y bloquear plataformas en caso de incumplimiento.

Riesgos y sanciones

El debate también se extendió al artículo 113 Bis, que impone penas de dos a nueve años de prisión a quienes emitan o reciban comprobantes fiscales falsos, incluso si lo hacen de buena fe.

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Críticos como el diputado Marcelo Torres Cofiño (PAN) calificaron la reforma como “la creación de un monstruo digital con ojos en todas partes”. Según él, la amplitud del artículo abre la puerta a abusos y genera inseguridad jurídica para pequeños negocios que dependen de las plataformas.

Un nuevo modelo de fiscalización digital

Pese a las objeciones, la mayoría oficialista Morena y sus aliados aprobaron el dictamen con 348 votos a favor y 130 en contra, argumentando que la medida moderniza la fiscalización en un entorno donde las operaciones digitales representan una porción creciente de la economía.

En síntesis, el SAT podrá acceder a información financiera de plataformas digitales, pero no a la vida privada de los usuarios. Sin embargo, expertos advierten que la falta de límites técnicos y mecanismos de transparencia podría derivar en un control excesivo si no se reglamenta adecuadamente su aplicación.

Source: Latinus & Animal Político
Tags: MéxicoPlataformas DigitalesReforma fiscal en MéxicoSAT
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Lucy Reynoso

Lucy Reynoso

Lucy Reynoso es periodista de Diario Financiero cubriendo noticias sobre políticas publicas, gobierno, y política en general.

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