Los establecimientos comerciales del país tienen dos meses para dejar de regalar fundas plásticas de un solo uso a sus clientes. El plazo vence el 15 de diciembre de 2026, fecha límite establecida por la Ley 98-25, que el presidente Luis Abinader promulgó el 15 de diciembre de 2025 y que modifica la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos.
La norma prohíbe la entrega gratuita de bolsas o fundas plásticas de un solo uso en comercios, un cambio que afecta directamente a supermercados, tiendas, farmacias y cualquier punto de venta que hoy entregue estas bolsas sin costo. Los negocios que aún las distribuyan durante el período de transición deberán, según el texto de la ley, ejecutar campañas de sensibilización para promover el uso de fundas reciclables o reutilizables entre sus clientes.
El período de transición y las obligaciones comerciales
La Ley 98-25 fijó un plazo de entre 6 y 12 meses, contados desde el 15 de diciembre de 2025, para que la prohibición quede completamente vigente. «En el curso del referido plazo de 12 meses, los establecimientos comerciales que todavía proporcionen fundas plásticas deberán hacer campaña de sensibilización para sustituir su uso por fundas o bolsas reciclables o reusables y reducir el consumo de fundas plásticas», establece la norma.
La legislación también introduce controles sobre la producción, importación, comercialización y consumo de plásticos de un solo uso y envases de foam (poliestireno), los cuales quedarán prohibidos en distintas etapas a lo largo de 2026, con la única excepción de aquellos que cuenten con aditivos biodegradables certificados.
Otros plásticos prohibidos desde el 15 de diciembre
Desde ese mismo 15 de diciembre de 2026 quedará prohibida la comercialización de pajillas o sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas fabricados en plástico. Asimismo, se veda la comercialización de productos fabricados en poliestireno (foam) que no presenten certificación de biodegradabilidad, con una única excepción: los envases térmicos de foam con tapa adherida en forma de bisagra destinados al consumo de alimentos.
Para el 15 de diciembre de 2027, la ley establece una fase adicional: los productores locales estarán obligados a presentar una alternativa eco amistosa y/o biodegradable que sustituya los platos y bandejas de foam.
Los próximos 60 días serán clave para que el sector comercial ajuste sus operaciones, diseñe sus campañas de sensibilización y garantice el abasto de alternativas reutilizables, antes de que la prohibición sea exigible a partir de la fecha indicada por la ley.
Fuente: Listin Diario








