Santo Domingo.– Con el objetivo de fortalecer la transparencia y garantizar una mayor protección a los usuarios de servicios fiduciarios, la Superintendencia de Bancos (SB) emitió la Circular CSB-REG-202500005, dirigida a entidades fiduciarias y entidades de intermediación financiera (EIF) que ofrecen servicios bajo esta figura legal.
La disposición establece lineamientos de obligatorio cumplimiento para las fiduciarias, tanto privadas como vinculadas a entidades financieras, que impactan de forma directa en la relación con fideicomitentes, fideicomisarios, beneficiarios y terceros vinculados. El objetivo es asegurar una gestión informada y responsable del patrimonio fideicomitido.
El documento parte del mandato del artículo 53 de la Constitución Dominicana, que consagra los derechos del consumidor, así como de la Ley Monetaria y Financiera núm. 183-02 y la Ley núm. 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso.
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Entre los puntos más relevantes de la circular, se establece que las fiduciarias deberán garantizar que sus clientes tengan acceso a toda la información esencial relacionada con el fideicomiso. Esto incluye el acto constitutivo vigente, así como una hoja resumen con los datos del fideicomitente, fideicomisario, beneficiarios, los bienes involucrados, finalidad, duración, derechos y obligaciones de las partes.
Adicionalmente, se requiere a las fiduciarias contar con personal capacitado que sirva como portavoz institucional para brindar orientación y retroalimentación clara y oportuna a los usuarios. La figura del fideicomiso, especialmente en su aplicación inmobiliaria, conlleva compromisos que deben ser comprendidos por todas las partes, a fin de evitar conflictos y proteger los intereses de los adquirientes de proyectos.
Un aspecto novedoso es que la circular exige a los desarrolladores y promotores de fideicomisos inmobiliarios el despliegue de esfuerzos para que los futuros compradores de inmuebles reciban información detallada sobre los términos y condiciones del fideicomiso. Esto permitirá a los adquirientes tomar decisiones bien fundamentadas y conocer los límites y alcances legales de los proyectos.
La Superintendencia de Bancos también advierte que cualquier incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme a las leyes vigentes, incluyendo el Reglamento de Sanciones aprobado por la Junta Monetaria y el Decreto 95-12, que regula la aplicación de la Ley 189-11.
El Superintendente de Bancos, Alejandro Fernández W., firmó la circular el pasado 28 de marzo, indicando que estas medidas forman parte de los esfuerzos de la institución para alinear la supervisión fiduciaria con las mejores prácticas internacionales y promover un mercado financiero más transparente, seguro y justo.
Estas nuevas disposiciones también buscan fomentar la confianza de los inversionistas y ciudadanos en los instrumentos fiduciarios, que han ganado terreno en el país como vehículos clave para desarrollos inmobiliarios, estructuración de proyectos públicos y administración de patrimonios.
La circular fue publicada oficialmente en el portal de la Superintendencia y deberá ser comunicada a todas las partes interesadas. Su aplicación marca un precedente en el fortalecimiento de los derechos del consumidor en el ámbito fiduciario en República Dominicana.
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