La Asociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera (ANEIH) respaldó la propuesta de ampliar a 24 meses el plazo para la entrada en vigencia del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, establecido en el nuevo Código Penal dominicano bajo la Ley 44-26, cuya fecha actual de activación es el 5 de noviembre.
La medida encarece el costo de incumplimiento para las empresas dominicanas: el nuevo régimen les atribuye responsabilidad penal directa por conductas cometidas en su nombre o beneficio, lo que obliga a revisar estructuras internas de control, supervisión y prevención antes de que la norma entre en vigor. Sin ese margen adicional, advierten desde el gremio, tanto las empresas como las instituciones del sistema de justicia quedarían expuestas a implementar el régimen sin la preparación adecuada.
La propuesta en el Congreso
El proyecto de modificación al artículo 31 de la Ley 44-26 fue sometido por el senador de la provincia La Altagracia, Rafael Duluc Rijo. La iniciativa busca sustituir la fecha fija de entrada en vigencia por un período de 24 meses, contados a partir de la promulgación de la ley, para dar tiempo suficiente a empresas e instituciones judiciales.
El presidente de la ANEIH, Ángelo Viro, afirmó el respaldo del gremio a esa propuesta durante un encuentro empresarial dedicado al análisis del nuevo Código Penal. Viro señaló que se necesita un período mayor para garantizar «una implementación ordenada» y «la adecuada preparación de las empresas, sus destinatarios y las instituciones del sistema de justicia».
El desafío para las empresas
Más allá del plazo, Viro llamó al sector empresarial a revisar desde ahora sus procedimientos internos, mecanismos de control y sistemas de prevención. La nueva legislación, dijo, «plantea una nueva realidad para las empresas dominicanas», especialmente por el peso que adquieren los mecanismos de dirección, control, supervisión y prevención dentro de las organizaciones.
«Esto significa que las empresas tenemos que mirar hacia adentro», expresó Viro. Explicó que cada empresa debe evaluar si sus procedimientos son adecuados, si sus controles funcionan, si las responsabilidades están claramente definidas y, sobre todo, si están construyendo una verdadera cultura de cumplimiento.
El presidente de la ANEIH subrayó que el cumplimiento no debe reducirse a evitar una sanción: debe implicar establecer controles, prevenir riesgos y actuar con responsabilidad de forma sostenida. La modificación al artículo 31 de la Ley 44-26 deberá ser debatida en el Congreso Nacional, y su aprobación determinará si las empresas disponen del tiempo adicional que el gremio considera indispensable para adaptarse al nuevo marco penal.







