El Ministerio de Salud Pública dispuso la clausura banco de sangre y Laboratorio Clínico CEDALAB EIRL, ubicado en Villa Duarte, Santo Domingo Este, luego de verificar que el establecimiento operaba sin la licencia de habilitación requerida por la legislación sanitaria dominicana y acumulaba múltiples incumplimientos en sus condiciones de funcionamiento.
La clausura banco de sangre implica el cierre inmediato de sus accesos y la colocación de los avisos administrativos correspondientes, lo que deja sin servicio a los pacientes que dependían del laboratorio y expone a los responsables del establecimiento a las consecuencias legales previstas en la Ley General de Salud 42-01 y el Reglamento 1138-03, el marco normativo que regula la habilitación de centros de salud en el país.
Deficiencias identificadas durante la inspección
El equipo técnico de la Dirección de Habilitación de Servicios y Establecimientos de Salud realizó una visita de verificación al local y encontró fallas en al menos ocho áreas críticas: recursos humanos, condiciones para el manejo y procesamiento de muestras de sangre, equipamiento y mantenimiento, registros de pacientes, refrigeración y almacenamiento de muestras y reactivos, manejo de desechos biológicos y medidas de seguridad general.
Según el informe de verificación, la combinación de esas deficiencias con la ausencia de licencia comprometía el cumplimiento de los estándares sanitarios mínimos exigidos para operar un banco de sangre, donde las condiciones de procesamiento y conservación son determinantes para la seguridad de los receptores.
El proceso de habilitación que nunca se completó
El expediente del Ministerio indica que CEDALAB inició el 16 de junio de 2023 el proceso para obtener una Certificación de No Objeción a Planos. Luego de una evaluación inicial y la corrección de observaciones, dicha certificación fue emitida el 5 de julio de 2023.
Sin embargo, esa certificación no equivale a una licencia de habilitación. Según Salud Pública, el establecimiento nunca inició formalmente el procedimiento adicional exigido por la Ley 42-01 para obtener la licencia que lo autorizaría a prestar servicios al público, por lo que continuó operando al margen del marco regulatorio durante más de dos años.
La medida se enmarca en las acciones de vigilancia y control del Ministerio para garantizar que los establecimientos de salud cumplan los estándares requeridos antes de ofrecer servicios. Las autoridades sanitarias no precisaron en el informe si el caso será remitido a la justicia ordinaria, un paso que los próximos trámites del expediente administrativo determinarán.








