La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aclaró este domingo que los acuerdos entre el Seguro Nacional de Salud (Senasa) y las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) no se rigen por la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones, sino por la Ley 87-01 de Seguridad Social.
La institución explicó que las PSS habilitadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) operan bajo el marco de la seguridad social y, por tanto, sus contratos no caen dentro del ámbito de regulación de la DGCP.
Sin embargo, puntualizó que cuando Senasa contrata bienes o servicios con empresas sin acreditación como PSS, las disposiciones de la Ley 340-06 sí son aplicables y, en consecuencia, estas operaciones entran bajo su supervisión.
Como ejemplo, la DGCP citó la resolución RIC-0109-2025, emitida el 15 de agosto, que dejó sin efecto la contratación de la empresa Farmacard SRL, debido a que esta no contaba con la habilitación requerida para operar como prestadora de salud.
En su comunicado, el órgano rector reiteró que su competencia no abarca las contrataciones con prestadoras debidamente certificadas. No obstante, interviene cuando se trata de empresas no habilitadas, con el objetivo de garantizar la legalidad, la transparencia y la protección de los derechos ciudadanos.
La DGCP informó además que enviará a la Procuraduría General de la República y a la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República toda la documentación vinculada al contrato con Farmacard SRL. El expediente incluirá un informe de análisis extraído del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Las medidas fueron adoptadas tras un reportaje de N Investiga, que expuso presuntas irregularidades en contratos millonarios adjudicados por Senasa a empresas privadas dentro del régimen subsidiado.
Finalmente, la DGCP reafirmó su compromiso con la aplicación correcta de la Ley 340-06 en los casos bajo su competencia, así como con la coordinación interinstitucional que garantice que cada proceso de contratación cumpla con los estándares legales y técnicos establecidos.
Esta aclaración surge por un nuevo contrato de servicios publicado por la periodista Nuria Piera en donde SENASA asumió atribuciones por encima de la ley, pues cancelaron contratos y firmaron unos nuevos apelando a la ley de seguridad social y excluyendo la ley vigente de compras, la ley 340-06. Con esta maniobra jurídica hicieron adjudicación directa y no de libre competencia.
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