En un fallo que marcará un antes y un después en la forma en que el Ministerio Público comunica sus investigaciones, el Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha prohibido el uso de nombres simbólicos o alias en procesos penales. Esta decisión surge tras el recurso presentado por el exprocurador Jean Alain Rodríguez, quien denunció que la denominación “Operación Medusa” violaba sus derechos fundamentales.
La sentencia TC/0225/25 responde a un recurso de revisión constitucional interpuesto por Jean Alain Rodríguez, imputado en el caso denominado “Operación Medusa”. El Tribunal acogió parcialmente su argumento, indicando que la práctica de nombrar casos con figuras mitológicas, animales u objetos con connotaciones negativas puede crear un clima de prejuicio y afectar la percepción pública y judicial de los investigados.
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La Corte subrayó que estas denominaciones, al ser utilizadas de manera pública, tienen un efecto estigmatizante y pueden constituir una forma de violencia simbólica. La sentencia establece que los nombres de casos deben limitarse a números de expediente o códigos neutrales, descartando el uso de apodos que anticipen juicios de valor.
Además, ordenó el cese inmediato del uso del término “Medusa” en cualquier documento o comunicación oficial relacionada con el exprocurador Rodríguez, recordando que la práctica viola el principio constitucional de presunción de inocencia.
El Tribunal también advierte que el uso de estos motes no solo influye en la opinión pública, sino que puede condicionar incluso al juez que evalúa el caso. Esta práctica —indicó— rompe con las buenas prácticas investigativas, ya que más que garantizar la confidencialidad del proceso, da indicios anticipados del objeto de la investigación.
Finalmente, la sentencia puntualiza que estos sobrenombres deben usarse, si acaso, como una herramienta interna de trabajo, en la fase confidencial de los procesos, y nunca de cara al público o los medios.
Perspectiva
Con esta decisión, el Tribunal Constitucional fija un nuevo estándar en la protección de los derechos fundamentalesen los procesos penales. ¿Deberá ahora el Ministerio Público replantear su estrategia de comunicación? La prohibición no solo pone freno a una práctica frecuente, sino que reabre el debate sobre el equilibrio entre el deber de informar y el respeto a la dignidad humana en el sistema de justicia penal.
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