Santo Domingo.- Juicio de fondo por el colapso de la discoteca Jet Set ha sido ordenado por el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, bajo la dirección del magistrado Reymundo Mejía. Esta decisión judicial marca un avance significativo en el caso que conmocionó al país, disponiendo la apertura de juicio contra Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat. Ambos imputados deberán enfrentar cargos por su presunta responsabilidad en el trágico suceso que causó la muerte de 236 personas y dejó más de un centenar de heridos, fundamentándose la acusación en la presunta violación de los artículos 319 y 320 del Código Penal Dominicano.
Los fundamentos legales y la admisión de pruebas
El tribunal ha dado paso a la fase de juicio tras declarar admisibles las constituciones en actores civiles y las pruebas presentadas por el Ministerio Público. Esta resolución avala la tesis de la fiscalía, la cual se sustenta en un informe pericial concluyente que señala una sobrecarga estructural como la causa principal del derrumbe. De igual manera, se han admitido las pruebas de descargo presentadas por la defensa, asegurando así el respeto al debido proceso y la contradicción de las evidencias durante el debate oral.
Informe pericial: causas de la sobrecarga estructural
La pericia técnica realizada en el inmueble ha sido determinante para esclarecer los motivos que desencadenaron la catástrofe. Según los expertos, la estructura del techo no soportó el peso acumulado por diversas modificaciones e instalaciones, lo que provocó el colapso fatal. Los elementos identificados como causantes de esta sobrecarga incluyen:
- La acumulación de cuatro capas de concreto.
- La instalación de equipos de aire acondicionado.
- La colocación de tinacos.
- La fijación de luminarias.
Responsabilidades civiles y terceros demandados
En el desarrollo de la instrucción, el juez ha ampliado el alcance de la responsabilidad civil al incluir a varias entidades y personas como terceros civilmente demandados. Esta medida busca asegurar que todas las partes que pudieron tener relación con la gestión o propiedad del inmueble respondan por los daños causados. Entre los terceros citados en el proceso figuran:
- Inversiones E y L.
- Radiocadena Comercial.
- Evelyn Espaillat.
- Ana Grecia López.
Medidas de coerción y garantías patrimoniales
El juez Mejía ha mantenido las medidas de coerción vigentes contra los hermanos Espaillat como garantía del proceso penal. Estas condiciones incluyen una garantía económica de 50 millones de pesos para cada uno, el impedimento de salida del país y la presentación periódica ante las autoridades. Adicionalmente, se han dictado disposiciones fuertes en el ámbito patrimonial: se ratificó el secuestro de bienes y se impuso un embargo conservatorio y retentivo hasta por 500 millones de pesos. Esta suma está destinada a garantizar una eventual reparación de daños a las víctimas.
Por otro lado, el magistrado estableció una distinción respecto a las querellas presentadas contra instituciones públicas. Los casos que involucran al Ministerio de Obras Públicas y a la Alcaldía del Distrito Nacional deberán ser conocidos por el Tribunal Superior Administrativo, dado el carácter de dichas entidades.
Con esta resolución, el proceso avanza hacia su etapa definitiva, estableciendo las bases legales para determinar las responsabilidades penales y civiles derivadas de uno de los siniestros más lamentables de la historia reciente, mientras se aseguran los recursos para la indemnización de los afectados.









