Santo Domingo. – La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aclaró este martes que el procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de medios o plataformas de comunicación social y digital se mantiene sin cambios en la nueva Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas, en lo relativo a sus condiciones de aplicación.
El organismo precisó que dicho procedimiento únicamente aplica cuando la contratación se realiza de manera directa con el medio de comunicación, conforme a lo establecido en el numeral 7 del artículo 78 de la Ley núm. 47-25 y en el artículo 167 del Reglamento de Aplicación núm. 52-26.
En ese sentido, la DGCP fue enfática al señalar que cuando se trate de la contratación de centrales de medios, agencias de publicidad u otros intermediarios, estas no están amparadas por el procedimiento de excepción. En estos casos, la contratación debe realizarse mediante procedimientos ordinarios de selección, bajo criterios de competencia, transparencia e igualdad de trato, de acuerdo con los principios que rigen el sistema nacional de contrataciones públicas.
La aclaración surge en un contexto de interpretaciones divergentes sobre el alcance de la nueva normativa, particularmente en lo relativo al manejo de la publicidad estatal y la intermediación en la compra de espacios publicitarios.
La DGCP reiteró su compromiso institucional de orientar y acompañar a las entidades públicas, a los proveedores y a la ciudadanía en general, con el objetivo de asegurar una aplicación uniforme, transparente y conforme al derecho, evitando confusiones que puedan derivar en prácticas contrarias a la ley.
El órgano rector subrayó que el correcto uso de los procedimientos de contratación resulta clave para fortalecer la confianza pública, garantizar el uso eficiente de los recursos del Estado y preservar la integridad del sistema de compras y contrataciones.
















