La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que, desde el 31 de diciembre de 2025, los comprobantes fiscales no electrónicos tipo “B” quedarán vencidos para todos los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales.
La entidad recordó que estos contribuyentes deberán usar de manera exclusiva factura electrónica, cumpliendo con la factura electrónica obligatoria 2025, según el artículo 55 del Reglamento 587-24 de aplicación de la Ley 32-23.
Los obligados deberán emitir comprobantes fiscales electrónicos e-CF tipo “E”, válidos para facturación regular y operaciones comerciales. Los comprobantes físicos solo podrán utilizarse bajo declaratoria de contingencia, conforme al Capítulo IX del Reglamento 587-24.
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La DGII reiteró que el incumplimiento del uso de la factura electrónica, una vez vencido el plazo, constituye infracción tributaria. Estas infracciones están descritas en los numerales 1, 2, 8, 9, 10, 13, 14, 15 y 16 del artículo 26 de la Ley 32-23. Las sanciones aplicables se encuentran en los artículos 27, 28 y 29 de la misma normativa.
El organismo exhortó a los Grandes Contribuyentes a completar la transición. La factura electrónica aporta seguridad, trazabilidad y control tributario, además de reducir costos administrativos.
Para más información, los contribuyentes pueden comunicarse con el Centro de Contacto de la DGII al (809) 689-3444, escribir a informació[email protected] o visitar www.dgii.gov.do.
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