La Audiencia Nacional de España falló a favor de la cantante colombiana Shakira un litigio fiscal que se extendió por más de ocho años y ordenó a la Hacienda española devolverle más de 60 millones de euros entre sanciones, liquidaciones e intereses. La decisión reabre el debate sobre los criterios de residencia fiscal utilizados por las autoridades tributarias europeas y el alcance de las fiscalizaciones a figuras de alto patrimonio.
El tribunal concluyó que la artista no debía ser considerada residente fiscal en España durante el ejercicio de 2011, anulando así un expediente que le exigía el pago de €54.7 millones. A esa cifra se suman alrededor de €9 millones en intereses, según fuentes judiciales citadas por medios españoles.
La disputa giró sobre la residencia fiscal
El caso se centró en determinar si Shakira permaneció en España más de 183 días durante 2011, requisito clave para ser considerada residente fiscal bajo la legislación española.
La Agencia Tributaria argumentó que la cantante había trasladado el centro de su actividad económica y personal a España debido a su relación con el exfutbolista Gerard Piqué. Sin embargo, la justicia entendió que Hacienda solo pudo acreditar 163 días de permanencia en territorio español.
La sentencia también consideró que en ese período no existía todavía un “núcleo familiar” consolidado en España, ya que la pareja no estaba casada ni tenía hijos en común. El fallo sostiene además que la actividad económica principal de la artista se desarrollaba fuera del país, en medio de una gira internacional con más de un centenar de conciertos.
El fallo no elimina su condena anterior
La resolución no modifica el acuerdo penal alcanzado previamente por Shakira con la Fiscalía española por los ejercicios fiscales entre 2012 y 2014.
En ese proceso, la cantante aceptó una condena de tres años de prisión —evitada mediante pago de multa— y sanciones económicas por fraude fiscal. Ese acuerdo permitió cerrar una causa penal de alto perfil que afectó tanto su imagen pública como su situación financiera.
La diferencia clave es que el expediente ahora anulado correspondía a 2011, un período que nunca llegó a juicio penal debido a que el posible delito tributario había prescrito.
Implicaciones para fiscalizaciones internacionales
El caso vuelve a poner presión sobre las administraciones tributarias europeas, que en los últimos años han intensificado las revisiones a deportistas, artistas y empresarios internacionales con estructuras de residencia en distintos países.
España ha protagonizado algunos de los litigios fiscales más mediáticos de Europa, involucrando a figuras como Cristiano Ronaldo, Lionel Messi y Xabi Alonso. Algunos terminaron en acuerdos y condenas, mientras otros concluyeron con absoluciones.
Para inversionistas y empresarios dominicanos con operaciones internacionales, el caso refleja cómo las autoridades fiscales evalúan no solo la presencia física en un país, sino también vínculos económicos, familiares y patrimoniales.
En República Dominicana, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) también utiliza criterios de permanencia y centro de intereses económicos para determinar residencia fiscal, especialmente en contribuyentes con actividades multinacionales.
Hacienda recurrirá la decisión
La Agencia Tributaria española anunció que recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo, por lo que la sentencia aún no es definitiva.
En declaraciones difundidas tras conocerse la decisión, Shakira aseguró haber enfrentado un “señalamiento público brutal” durante el proceso y sostuvo que “nunca hubo fraude”.
El caso se mantiene como uno de los litigios fiscales más relevantes del entretenimiento en Europa y podría influir en futuros procesos sobre movilidad internacional y tributación de grandes patrimonios.





